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Tarjeta de familiar de ciudadano comunitario

La tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión es una autorización de residencia que permite a los familiares de ciudadanos comunitarios vivir y trabajar en España de forma legal.

A la hora de solicitar este permiso, es importante distinguir entre dos situaciones diferentes, ya que el procedimiento varía ligeramente:

  • Cuando el ciudadano comunitario es español y reside en España.
  • Cuando se trata de un ciudadano de la Unión Europea no español que reside en España.

Casos más habituales

Si el ciudadano es español y reside en España, el familiar extracomunitario puede solicitar directamente la tarjeta en la Oficina de Extranjería correspondiente a su lugar de residencia.

En cambio, si el ciudadano comunitario no es español, el procedimiento consta de dos fases:

  • Primero, el ciudadano de la Unión debe inscribirse como residente en España y obtener su Certificado de Registro de ciudadano de la UE.
  • Después, el familiar extracomunitario solicita la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano comunitario en la Oficina de Extranjería.

Este segundo supuesto suele implicar un mayor nivel de revisión documental por parte de la Administración.

¿Cómo solicitar este permiso?

Como solicitante, debes pedir cita previa en la provincia donde residas o donde vayas a establecerte, siempre que estés empadronado.

Puedes solicitar la cita a través de este enlace: Solicitar cita previa

También es posible presentar la solicitud a través de un profesional autorizado, quien actuará como representante y gestionará el expediente en tu nombre.

Documentación necesaria

Aunque puede variar según el caso, generalmente se requiere:

  • Acreditación del vínculo familiar (certificado de matrimonio, nacimiento, etc.), debidamente legalizado y, en su caso, traducido.
  • Certificado de empadronamiento conjunto que acredite la convivencia.
  • Medios económicos suficientes de la unidad familiar:
    • Contrato de trabajo y nóminas si trabajas por cuenta ajena.
    • Declaraciones fiscales y alta censal si eres autónomo.
    • Certificados bancarios si dispones de medios económicos propios.
  • Pasaporte completo del familiar extracomunitario.
  • Documento de identidad del ciudadano comunitario (DNI o pasaporte) o su certificado de registro en España.

Para este tipo de autorización no es necesario aportar certificado de antecedentes penales.

Plazo de resolución y pasos posteriores

El plazo habitual de resolución es de aproximadamente tres meses desde la presentación de la solicitud.

Una vez concedida, será necesario acudir a una comisaría de policía para realizar la toma de huellas y obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

En Abogados Gras te ayudamos a preparar toda la documentación, presentamos tu solicitud y hacemos seguimiento del expediente para que obtengas tu tarjeta con seguridad.