Permiso de residencia para hijos menores nacidos o no en España
Los hijos de ciudadanos extranjeros que residen legalmente en España pueden obtener una autorización de residencia, tanto si han nacido en España como si no, siempre que no tengan derecho a adquirir la nacionalidad de un país de la Unión Europea.
En el caso de menores nacidos en España, recibirán una autorización de residencia similar a la de sus padres, siempre que estos se encuentren en situación legal en el país.
La solicitud puede presentarse desde el momento del nacimiento del menor o desde que uno de los progenitores obtenga la residencia legal en España.
Si el menor tiene un padre o madre con estatus de refugiado, se podrá optar entre solicitar la extensión de la protección internacional o tramitar una autorización de residencia, valorando siempre el interés superior del menor.
Además, en determinados casos, el menor también puede obtener la residencia a través de un procedimiento de reagrupación familiar si uno de sus progenitores dispone de este tipo de autorización.
¿Cómo se solicita la autorización?
La solicitud debe realizarse mediante el modelo oficial, que será cumplimentado y firmado por el padre o la madre que tenga residencia legal en España.
La presentación se realiza de forma personal en la Oficina de Extranjería correspondiente al lugar de residencia del menor, normalmente por duplicado.
Documentación necesaria
Para tramitar la autorización de residencia del menor, será necesario aportar la siguiente documentación:
- Modelo oficial de solicitud debidamente cumplimentado.
- Pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción del menor en vigor (original y copia).
- Certificado de nacimiento del menor.
En Abogados Gras te ayudamos a gestionar todo el proceso, revisando la documentación y presentando la solicitud para asegurar que el expediente se tramita correctamente.

