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ABOGADOS GRAS
Nacionalidad española por simple presunción

La nacionalidad española por simple presunción es una vía específica de adquisición de la nacionalidad dirigida a menores nacidos en España hijos de padres extranjeros.

Este tipo de nacionalidad se concede cuando el país de origen de los progenitores no atribuye automáticamente su nacionalidad al menor nacido en el extranjero, evitando así que el niño o niña quede en situación de apatridia.

¿Quién puede solicitar la nacionalidad por simple presunción?

Solo pueden solicitar este tipo de nacionalidad los hijos nacidos en España cuyos padres sean nacionales de determinados países cuyas legislaciones no atribuyen automáticamente la nacionalidad a los hijos nacidos fuera de su territorio.

Los países actualmente admitidos para este procedimiento son:

Argentina, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe y Uruguay.

Es necesario que ambos progenitores sean nacionales de alguno de estos países, aunque no es obligatorio que tengan la misma nacionalidad entre sí, siempre que ambas se encuentren dentro del listado anterior.

¿Qué es la nacionalidad por simple presunción?

La nacionalidad por simple presunción es aquella que se otorga a los hijos de padres extranjeros nacidos en España cuando la legislación nacional de los progenitores no les atribuye una nacionalidad de forma automática o cuando ambos progenitores carecen de nacionalidad.

Beneficios de obtener la nacionalidad española por simple presunción

  • El procedimiento es más sencillo y rápido que la nacionalidad por residencia.
  • El menor adquiere la nacionalidad española con todos los derechos y obligaciones desde su concesión.
  • Los progenitores pueden acceder posteriormente a un permiso de residencia y trabajo por arraigo familiar o como familiares de ciudadano comunitario.
  • El menor podrá transmitir la nacionalidad española a sus descendientes menores de edad.

Requisitos para obtener la nacionalidad por simple presunción

  • Acreditar la filiación del menor.
  • Acreditar la nacionalidad de los progenitores y que sus respectivas leyes nacionales no obligan a la transmisión directa de su nacionalidad a los descendientes.
  • Acreditar la residencia en el lugar donde se presenta la solicitud.
  • Identificación de los tutores legales del solicitante.

Servicio de nacionalidad española por simple presunción

En Abogados Gras acompañamos a las familias durante todo el procedimiento de nacionalidad por simple presunción, asegurando que el expediente se tramite correctamente ante el Registro Civil correspondiente.

Qué incluye nuestro servicio

  • Obtención de cita previa en el Registro Civil correspondiente.
  • Asesoramiento jurídico durante todo el proceso.
  • Información detallada sobre la documentación necesaria y revisión de la misma.
  • Acompañamiento al Registro Civil para la presentación del expediente.
  • Seguimiento del expediente hasta la resolución de concesión de la nacionalidad española.

Qué no está incluido

  • El coste de la traducción de documentos, en su caso.
  • La obtención de documentos extranjeros y su legalización o apostilla.
La nacionalidad por simple presunción protege el derecho del menor a una nacionalidad desde su nacimiento y evita situaciones de apatridia.

Nacionalidad española por simple presunción

La nacionalidad española por simple presunción es aquella que se otorga a los hijos de padres extranjeros nacidos en España cuando la legislación del país de origen de sus progenitores no les atribuye automáticamente una nacionalidad o cuando ambos progenitores carecen de ella.

En España no se concede la nacionalidad por el simple hecho de haber nacido en territorio español, sino en función de la nacionalidad de los padres y de las leyes que regulan la transmisión de la nacionalidad en sus países de origen.

Por este motivo, la nacionalidad por simple presunción solo se concede en supuestos concretos y debe acreditarse correctamente ante el Registro Civil.

¿Quién puede solicitar la nacionalidad por simple presunción?

Solo pueden solicitar este tipo de nacionalidad los hijos nacidos en España cuyos padres sean nacionales de determinados países cuyas leyes no atribuyen automáticamente la nacionalidad a los hijos nacidos en el extranjero.

Entre estos países se encuentran, entre otros: Argentina, Brasil, Cabo Verde, Colombia, Costa Rica, Cuba, Guinea Bissau, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Santo Tomé y Príncipe y Uruguay.

Es necesario que ambos progenitores sean nacionales de alguno de estos países, aunque no es obligatorio que tengan la misma nacionalidad, siempre que ambas se encuentren dentro de la lista indicada.

Requisitos para solicitar la nacionalidad por simple presunción

Para iniciar este procedimiento es necesario presentar una solicitud dirigida al Juez Encargado del Registro Civil correspondiente, solicitando la concesión de la nacionalidad española por simple presunción.

Documentación necesaria

  • Certificado de empadronamiento de los padres.
  • Certificado de nacionalidad de los progenitores.
  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Certificado de no atribución de la nacionalidad de los progenitores al menor.
  • Certificado del consulado en el que conste la no inscripción del menor en el país de origen de los padres.
  • Tarjeta de residencia, en su caso.
  • Pasaporte en vigor.
Este procedimiento permite garantizar el derecho del menor a una nacionalidad desde su nacimiento y evitar situaciones de apatridia.