Autorización de trabajo para estudiantes
Este tipo de autorización está destinada a estudiantes que cursan estudios no superiores, como por ejemplo cursos de idiomas, y desean compatibilizar su formación con una actividad laboral en España.
Este permiso permite trabajar hasta 30 horas semanales, tanto en empleos relacionados con los estudios como en otros ámbitos laborales.
Características principales
- Permite trabajar hasta 30 horas semanales.
- No exige que el trabajo esté relacionado con los estudios.
- Se vincula directamente a la autorización de estancia por estudios.
- Finaliza cuando concluyen los estudios, salvo que se renueve la estancia.
Por tanto, si los estudios finalizan, también lo hace esta autorización de trabajo, siendo necesario renovarla junto con el permiso de estudios si se desea continuar trabajando.
La autorización puede solicitarse tanto para trabajo por cuenta ajena, mediante contrato laboral, como para trabajo por cuenta propia, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes en cada caso.
Presentación de la solicitud
La solicitud debe ser presentada por la empresa que contrata al estudiante o por el propio estudiante en caso de trabajo por cuenta propia.
En el caso de trabajo por cuenta ajena, será el representante de la empresa quien deberá presentar la documentación en la oficina de extranjería o autorizar a un profesional para realizar el trámite de forma telemática en su nombre.
Ventajas adicionales
El hecho de trabajar y estar dado de alta en la Seguridad Social permite acceder a la cobertura del sistema público de salud.
Esto implica que no será necesario contratar un seguro médico privado para la renovación de la autorización de estancia por estudios, siempre que se cumplan los requisitos del sistema.

