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Autorización de residencia y trabajo para prácticas

Esta autorización surge en el marco de la transposición de una directiva comunitaria incorporada al ordenamiento español mediante el Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto. Su finalidad es mejorar la situación de los estudiantes extranjeros tras finalizar sus estudios en España.

Una de sus principales ventajas es que aplica el silencio administrativo positivo, lo que implica que, si la Administración no responde en un plazo de 30 días desde la presentación, la solicitud se entiende concedida automáticamente.

Ventajas de esta autorización

  • Agilidad en la resolución gracias al silencio administrativo positivo.
  • Cambio de estancia por estudios a autorización de residencia.
  • Inicio del cómputo para optar a la nacionalidad española por residencia.
  • Acceso directo al mercado laboral mediante prácticas profesionales.
  • No requiere un tiempo mínimo previo de estancia en España.

Este permiso permite, por ejemplo, que una persona que cursa un máster de un año pueda modificar su situación a residencia en un periodo reducido, facilitando su integración en el mercado laboral español.

Requisitos y documentación

Documentación del estudiante:

  • Solicitud oficial modelo EX-04 debidamente cumplimentada y firmada.
  • Pasaporte completo en vigor o documento de viaje válido.
  • Acreditación de estudios superiores finalizados en los últimos dos años o en curso.
  • Seguro médico sin copagos, en caso de no haber contrato.
  • Medios económicos suficientes, si no existe contrato de prácticas.
  • Certificado médico (si la estancia es inferior a seis meses).
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen o residencia de los últimos cinco años (en su caso).

Documentación de la empresa o entidad:

  • NIF y escritura de constitución inscrita en el registro correspondiente.
  • Documento que acredite la representación legal del firmante.
  • NIF o NIE del firmante o autorización para verificación de identidad.
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (o autorización para consulta).

Convenio o contrato de prácticas

En caso de convenio de prácticas:

  • Descripción del programa y objetivos formativos.
  • Duración de las prácticas.
  • Condiciones de realización y supervisión.
  • Horas de prácticas.
  • Relación entre estudiante y entidad.

En caso de contrato de prácticas:

  • Contrato firmado por ambas partes.
  • Contenido mínimo equivalente al convenio formativo.
  • Acreditación de medios económicos y materiales de la empresa, incluyendo el pago del salario.

Presentación de la solicitud

La solicitud debe ser presentada por la empresa o entidad de acogida de forma telemática, mediante certificado digital, a través del Registro Electrónico General de la Administración.

También puede realizarse a través de representantes profesionales autorizados por la empresa.

Aspectos importantes

  • Los documentos extranjeros deben estar traducidos por traductor jurado al castellano o lengua cooficial.
  • Los documentos públicos no comunitarios deben estar legalizados o apostillados conforme al Convenio de La Haya.

Consulta el modelo oficial de solicitud aquí:

Acceder al modelo oficial EX-04