Skip to main content Scroll Top

ABOGADOS GRAS
Renovaciones de permisos

Permiso de residencia permanente comunitario

Te ayudamos a obtener la residencia permanente en la UE para que puedas dejar atrás renovaciones y trámites periódicos.

Autorización de regreso

Resuelve tus dudas sobre qué puedes hacer mientras tu permiso está en trámite: viajar, salir del país o regresar sin problemas.

Renovación de permiso de residencia No Lucrativa

Te acompañamos en la renovación para que sigas viviendo en España con tranquilidad, evitando complicaciones administrativas.

Renovación del permiso de residencia y trabajo en el régimen general

Conocer bien los requisitos y preparar correctamente la documentación es clave para renovar con éxito tu permiso.

Renovaciones y otros permisos de residencia

Además de todos los permisos de residencia ya explicados, existen otros tipos de autorizaciones y renovaciones que conviene conocer. A continuación, te explicamos de forma clara y detallada las más habituales y sus requisitos principales.

Renovación del permiso de Residencia No Lucrativa

Si te dispones a renovar este tipo de permiso de residencia es porque:

  • Ya tienes una tarjeta de residencia por UN AÑO que te concedieron tras tu entrada con el visado, o
  • Porque ya renovaste una vez tu residencia y ahora dispones de un permiso de residencia por DOS AÑOS.

En cualquiera de los casos, al solicitar la renovación te concederán el permiso por DOS AÑOS más, siempre que mantengas las condiciones que dieron lugar a la concesión inicial o a la renovación anterior. La Oficina de Extranjería comprobará que sigues cumpliendo la situación por la que se te otorgó el permiso.

Requisitos principales

  • 1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-01), por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
  • 2. Pasaporte completo en vigor, incluyendo todas sus hojas. Deben comprobar que has residido en España al menos 6 meses en el período de un año.
  • 3. Medios económicos suficientes. Este es uno de los requisitos más importantes. Se toma como referencia el IPREM: se exige aproximadamente el 400% del IPREM para el titular (alrededor de 30.000 € anuales como mínimo recomendado) y el 100% adicional por cada familiar a cargo (aprox. 7.000 €).
  • Estos medios pueden acreditarse mediante cuentas bancarias, acciones, fondos de inversión, rentas periódicas, arrendamientos, pensiones, etc. No es necesario tener la cantidad completa en un solo lugar, puedes percibirlos mensualmente.
  • Si el dinero está en el extranjero, los documentos deben estar legalizados o apostillados y, en su caso, traducidos al español por traductor jurado.
  • Se recomienda tener una cuenta bancaria en España para facilitar los trámites.
  • 4. Seguro médico completo (público o privado) que cubra todas las contingencias con la misma amplitud que el sistema público, sin copagos. En algunas comunidades autónomas se puede acceder al sistema público abonando una cuota mensual.
  • 5. No tener antecedentes penales en España. Durante la renovación no piden certificado de antecedentes del país de origen, pero sí comprobarán que no hayas generado antecedentes en territorio español.
  • 6. Certificado de escolarización de los menores a tu cargo (entre 6 y 16 años). Debes acreditar que están matriculados en un centro educativo público, privado o concertado.
  • 7. Tasa administrativa correspondiente (modelo 790 código 052).

Solo en caso de cambio de domicilio deberás aportar un nuevo certificado de empadronamiento actualizado.

Renovación del permiso de residencia y trabajo

Los extranjeros que renuevan su permiso de residencia y trabajo pueden proceder de diferentes situaciones:

  • Arraigos (social, laboral o familiar)
  • Autorizaciones iniciales de trabajo solicitadas por una empresa
  • Reagrupación familiar

En todos los casos los requisitos son muy similares y se centran principalmente en acreditar la continuidad o suficiencia de la actividad laboral.

Requisitos y situaciones posibles

  • 1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-03), por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.
  • 2. Pasaporte completo en vigor (todas las hojas).
  • 3. Haber trabajado a jornada completa al menos seis meses en el último año o mantener la relación laboral inicial. Debes tener un nuevo contrato o estar en situación de alta en el momento de la solicitud.
  • Si la relación laboral se interrumpió por causas ajenas al trabajador, puede bastar con acreditar tres meses trabajados siempre que estés inscrito como demandante de empleo y dispongas de un nuevo contrato.
  • También es posible renovar si eres beneficiario de prestación por desempleo contributiva o de alguna ayuda pública para inserción social o laboral.
  • En caso de no cumplir los requisitos laborales, puedes renovar por medios económicos del cónyuge o pareja (aplicando los porcentajes de reagrupación: 150% del IPREM para dos miembros + 50% por cada miembro adicional).
  • 4. No tener antecedentes penales en España.
  • 5. Certificado de escolarización de los menores a tu cargo.

Deberás abonar dos tasas: modelo 790 código 052 (trabajador) y modelo 790 código 062 (empleador). En algunos casos es recomendable aportar un informe de integración de la Comunidad Autónoma.

Solo en caso de cambio de domicilio será necesario presentar certificado de empadronamiento actualizado.

Residencia de larga duración

La residencia de larga duración autoriza a residir y trabajar en España de forma indefinida, en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles. Puedes trabajar por cuenta propia o ajena sin necesidad de solicitar nuevos permisos.

Normalmente se obtiene tras cinco años de residencia legal continuada, aunque también puede concederse en otros supuestos:

  • Ser titular o familiar de titular de residencia de larga duración en otro país de la UE.
  • Ser beneficiario de pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
  • Haber nacido en España y haber residido legalmente al menos tres años consecutivos antes de la mayoría de edad.
  • Haber sido español de origen y haber perdido la nacionalidad.
  • Haber estado bajo tutela de una entidad pública española durante cinco años consecutivos.
  • Ser apátrida, refugiado o beneficiario de protección internacional.
  • Haber contribuido de forma notoria al progreso de España (en este caso decide el Ministerio).

Documentación básica

  • 1. Modelo oficial EX-11, por duplicado, cumplimentado y firmado.
  • 2. Pasaporte o documento de viaje en vigor (deberás exhibir el original).
  • 3. Certificado de escolarización de los menores a cargo.
  • 4. Tasa administrativa (modelo 790 código 052, epígrafe 2.6).
  • 5. Documentación específica según el supuesto por el que solicites la larga duración.

Larga duración UE

Este tipo de tarjeta está pensada para quienes desean desplazarse a residir o trabajar en otro país de la Unión Europea.

No permite trabajar automáticamente en otros países (cada Estado tiene sus propias reglas), pero facilita mucho el proceso de cambio de tarjeta en el nuevo país de destino.

El requisito fundamental es acreditar medios económicos suficientes y estables. Para unidades familiares de dos miembros se exige el 150% del IPREM, y por cada miembro adicional se suma un 50% más. Estos recursos pueden provenir de actividades laborales, profesionales o de otros medios propios.